Carreras del Senado en la Corte
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Lo peor que le pudo pasar a Arturo Zaldívar, fue pasar a la historia por la Ley que lleva su apellido y que, ni siquiera, fue de su autoría, según afirma.
Ley tramposa a cual más, que, por un artículo transitorio de aberrante técnica legislativa, modificó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que sólo puede ser reformada por el Constituyente Permanente y sus requisitos de mayorías calificadas de ambas cámaras en el Congreso de la Unión y, al menos, 17 entidades federativas de la República.
Así, la ya famosa "Ley Zaldívar" no solo trastoca la duración de la presidencia de Don Arturo en la Corte y en el Consejo de la Judicatura Federal, sino y mucho más gravedad, la división de poderes y la relación entre los tres poderes federales, habida cuenta que, si bien la reforma es del legislativo y afecta al judicial, el Ejecutivo, por voz de su titular, ha tomado parte en el asunto con beligerancia sin igual, al grado de negar calidad moral y técnica a todos y cada uno de los integrantes del poder judicial federal, desde ministros a jueces y, si mucho me apuran, hasta a secretarios de estudio y cuenta, salvo, claro, el propio Zaldívar.
Zaldívar aventó este lunes al ruedo de la Corte un procedimiento extraordinario para tratar de que ésta fije una posición lo antes posible. Por su parte, un grupo de senadores del llamado Bloque de Contención, con la adición de dos senadores de Morena, Germán Martínez Cázares y Nancy de la Sierra, interpusieron ayer una Acción de Inconstitucionalidad contra el artículo 13º transitorio de la recién reformada Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Si bien la ley es digna de encomio en la mayoría de su articulado, el artículo transitorio, hoy ya impugnado, ha ensombrecido su reciente y renovada vigencia.
Zaldívar exhortó a sus pares a avanzar por un procedimiento atípico por medio del cual el pleno puede resolver, sin que medie controversia de parte alguna, aquellos temas o asuntos que puedan atentar contra su autonomía e independencia, buscando así una resolución expedita sobre el tema. Pero ayer los senadores pusieron el balón en la cancha de la Suprema Corte de Justicia.
Toca ahora a los señores y señoras ministros determinar si resuelven primero el procedimiento de consulta del Ministro Presidente, u operan por la vía jurisdiccional reglada que la propia legislación establece para controversias de control de constitucionalidad.
¡Poco vivirá el que no vea el desenlace!
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