EL IFE A LA DISTANCIA

El emblema

El emblema

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"Sólo la democracia logra resistir al absurdo”.

"La democracia demuestra su solidez precisamente gracias a los absurdos que se han acumulado sobre ella sin aplastarla", sentenció el gran Víctor Hugo.

En palabras de Umberto Cerroni, "sólo la democracia logra resistir al absurdo".

Mutandis mutandis: la democracia habrá de sobrevivir a los consejeros electorales… a pesar de ellos.

Pero sigamos con Cerroni, difícilmente los consejeros podrán tacharlo de enemigo de la democracia y de la autonomía del IFE. Para él, "la demagogia significa el arte o técnica de orientar al pueblo en direcciones erróneas (…), la demagogia es la manipulación de la democracia, el uso incorrecto de las reglas democráticas y, por ello, la perversión de la democracia".

Nunca como ahora la autoridad electoral, producto de la reforma del 96, estuvo de frente a su medida histórica, misma que le impuso el emblema de Fox, que no del PAN ni del PVEM. De prueba basta una fotografía.

Resulta que los consejeros, cegados en su papel de vengadores de la democracia, no tuvieron ojos para medir el absurdo político y jurídico que les presentó el emblema de Fox, e hicieron una aplicación incorrecta de las reglas democráticas, cuando no interesada.

Sostuvo el consejero presidente que el piso común de la resolución fue la ley. Nada más apartado de la verdad.

Afirmó también que "en la elaboración del proyecto de acuerdo (en términos jurídicos es resolución) lo único que se hizo fue confrontar la documentación presentada contra las normas del Cofipe y los propios lineamientos aprobados por el Consejo General". Tampoco esto responde a la verdad: el dictamen no contiene una sola opinión, juicio formado o emitido, o una sola confrontación entre la norma y los hechos sobre el asunto en cuestión, sino que se restringe a ser un simple inventario de documentos presentados sin que en ningún renglón exista un análisis, ponderación o discernimiento acerca de la solicitud presentada. No es lo mismo decir que se presentaron todos los documentos solicitados, a que éstos hayan cumplido todos y cada uno de los requisitos de ley. He allí el error histórico del Consejo.

Afirmó el consejero presidente que "la ley establece sólo dos taxativas claras, la de no contener alusiones religiosas ni raciales; es por ello, concluye, que se considera que el emblema presentado por la coalición llena los requisitos de ley".

Antes de contestar esta aseveración es necesario aclarar que el Consejo actuó con una soberbia desmedida atendiendo a que su resolución era definitiva e inatacable, olvidando que precisamente por ello, estaba obligado a actuar con supremo apego a la ley.

Veamos este último supuesto. Si la resolución acerca del registro es inatacable, ¿es posible aprobar cualquier contenido de la coalición?

Pongamos que el estatuto de la coalición convoque al levantamiento en armas en contra del régimen republicano y democrático de la nación, ¿no podría entonces impugnarse este contenido de la coalición, sin impugnar su registro?

En otras palabras, lo que el legislador tutela es el derecho de los partidos a coaligarse y, por ende, lo que es inatacable es el registro de la coalición, pero no el resto de los elementos que la forman y que deben cumplir con ordenamientos distintos a los del registro y que atienden a los principios constitucionales de legalidad, certeza, imparcialidad y objetividad.

Abundando, la Constitución establece que todos los actos y resoluciones de la autoridad electoral son recurribles; la ley establece una excepción, el registro de las coaliciones, pero esta excepción debe entenderse en términos restrictivos y de estricto derecho: lo impugnable es el registro, más no los demás elementos de la coalición. Luego entonces, sí procede la impugnación del emblema que el Partido Revolucionario Institucional ha hecho.

Veamos ahora el primer supuesto. ¿si una coalición registra por emblema la bandera de un país extranjero o la corona imperial de Iturbide no teniendo alusiones religiosas ni raciales, podría el Consejo autorizarla? El hecho es que no, sin que por ello estuviese impedido de otorgar el registro correspondiente.

La autoridad, pues, no cumplió con su obligación constitucional ilegal de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ellas emanan, ni de velar por los términos de la equidad en la contienda.

El gran absurdo de este triste suceso es que, cegada en su afán de combatir aquellas acciones que en sus pesadillas y fantasmas inducen indebidamente al voto, la autoridad no tuvo ojos para ver que con esta resolución estaba permitiendo a un partido hacer inducción del voto, en la propia casilla electoral, al convertir la boleta en volante propagandístico de un candidato.

Fox, por su parte, mostró el lado demagógico de su propuesta, posiblemente el único que se le reconozca: el arte o técnica de orientar al pueblo en direcciones erróneas, la manipulación de la democracia, el uso incorrecto de las reglas democráticas y, por tanto, la perversión de la democracia.

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Luis Farias Mackey

Luis Farias Mackey

Ser o no ser, preguntó Hamlet. ¿Soy éste que soy?, preguntó Quetzalcóatl. ¿Vivo yo todavía?, preguntó Zaratustra. La primera es una opción binaria: sé es o no sé es. La segunda es la trama de la vida misma: ser lo que sé es. La tercera es descubrir si, siendo, efectivamente aún sé es. Vivir es un descubrimiento de lo que sé es a cada instante. Porque vivir es hurgar en el cielo y en las entrañas, en los otros -de afuera y de adentro-, del pasado y del presente, de la realidad y la fantasía, de la luz y de las sombras. Es escuchar el silencio en el ruido. Es darse y perderse para renacer y encontrarse. Sólo somos un bosquejo. Nada más paradójico: el día que podemos decir qué somos en definitiva, es que ya no somos. Nuestra vida es una obra terminada, cuando cesa. Así que soy un siendo y un haciéndome. Una búsqueda. Una pregunta al viento. Un tránsito, un puente, un ocaso que no cesa nunca de preguntarse si todavía es.

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