EL IFE A LA DISTANCIA

Acotamiento institucional

Acotamiento institucional

Foto Copyright: lfmopinion.com

IFE y Comisiones

Ningún otro elemento disruptor ha sido tan efectivo como las comisiones de Consejeros en el Instituto Federal Electoral. A través de ellas se ha ido creando un diseño institucional diverso y distante al definido por el legislador ordinario. Nadie que siga con algo de acuciosidad al Instituto pueda dejar de acusar los efectos que en la operación cotidiana de la organización han tenido estas comisiones.

Hace algunas semanas le preguntaba a algún director ejecutivo por qué había adoptado determinada decisión. Su contestación, aunque previsible, no dejó de sorprenderme: "porque fue una recomendación de la comisión". Mi contestación tampoco dejó de causarle sorpresa: "Legalmente hablando, la atribución es tuya y ninguna recomendación podrá servir de atenuante de responsabilidad, llegado el caso".

El asunto ha sido tratado ampliamente por Andreas Shedler en la revista Política y Gobierno (primer semestre 1999), quien afirma que existe "una radical informalización de la toma de decisiones dentro del Instituto Federal Electoral (que) es en realidad el reino de la informalidad".

Para Shedler, "el abismo existente entre facultades formales (órganos ejecutivos) y poderes reales (comisiones de consejeros y consejeros en lo individual) implica que los directores ejecutivos, el secretario ejecutivo y la Junta General sigan ejerciendo sus facultades, pero de manera ficticia. Toman decisiones formales y se hacen formalmente responsables de ellas, aunque no sean suyas, porque tienen su origen inmediato en las opiniones, preferencias, sugerencias, instrucciones u órdenes de los consejeros electorales. Es decir, (…) el poder informal del Consejo y sus comisiones sí escapa del principio de responsabilidad: el juego informal prevaleciente impide que se atribuyan las decisiones a quienes las toman oficialmente".

A este respecto, el Tribunal Electoral sostuvo un criterio en una resolución la semana pasada que viene a dar luces sobre las famosas comisiones. Dice la resolución: "es claro que las comisiones del Consejo General forman parte y están supeditadas a este órgano central del Instituto, por lo que sus atribuciones, eminentemente de auxilio al propio Consejo General, derivan de él y deben ser reportadas ante él mismo". Atribuciones de auxilio y supeditadas al órgano central, por tanto, no abiertas a cualquier tema y alcances, y sin más sujeción que la determinación libérrima de sus miembros.

En ese orden de ideas, señala la resolución, "la posibilidad de pedir información (esto es, aquella existente en las áreas de los órganos correspondientes) –pero no de requerir informes específicos, que por disposición legal expresa solo corresponde al Consejo General- se sustenta y limita en la necesidad de dar cumplimiento a su función de contribuir al mejor desempeño de las atribuciones del Consejo".

Este acotamiento, sin duda, devendrá en salud administrativa para el IFE a la fecha sujeto a todo tipo de solicitudes y requerimientos por parte de los consejeros y sus comisiones.

Continúa la resolución del Tribunal: "las propuestas o recomendaciones de las comisiones a las áreas ejecutivas en todo caso, no tienen carácter vinculatorio y son presentadas a través de sus informes al propio Consejo General". Si bien la afirmación anterior se refiere al Reglamento Interior, recién aprobado por el Consejo General y modificado por el Tribunal, viene a ser de vital importancia para la dinámica operativa del Instituto, ya que aclara los alcances reales de las comisiones y el órgano ante sólo el cual puede presentar propuestas o recomendaciones; las que además de no ser obligatorias para los órganos ejecutivos, al menos hasta que el Consejo así lo decida, no pueden dirigirse directamente a las estructuras ejecutivas.

La misma resolución habla de un sistema de colaboración, "no de supeditación o de subordinación, acotado tanto por la naturaleza de las atribuciones y funciones de las comisiones y de los demás órganos legales alusivas a la estructura, funcionamiento y responsabilidades del propio organismo público autónomo y sus diversos órganos y dependencias. Además, de permanecer vigentes las disposiciones relativas a la supervisión, control y evaluación de los órganos del Instituto, y de manera especial, de las comisiones de su Consejo General, se insiste, en momento alguno adquieren una posición de supra a subordinación con relación a los órganos, servidores públicos y las dependencias respecto de los cuales es la propia ley la que establece sus relaciones de mando y el reglamento (interior) sólo prevé su institucional colaboración".

Colaboración, pues, y no relación de mando; colaboración, pues, y no centralización de todas las funciones y decisiones; colaboración, pues, y no el reino de la informalidad.

#LFMOpinión
#IFE
#Comisiones
#Consejeros
#Colaboración
#Sumisión
#Informalidad
#AndreasShedler

Luis Farias Mackey

Luis Farias Mackey

Ser o no ser, preguntó Hamlet. ¿Soy éste que soy?, preguntó Quetzalcóatl. ¿Vivo yo todavía?, preguntó Zaratustra. La primera es una opción binaria: sé es o no sé es. La segunda es la trama de la vida misma: ser lo que sé es. La tercera es descubrir si, siendo, efectivamente aún sé es. Vivir es un descubrimiento de lo que sé es a cada instante. Porque vivir es hurgar en el cielo y en las entrañas, en los otros -de afuera y de adentro-, del pasado y del presente, de la realidad y la fantasía, de la luz y de las sombras. Es escuchar el silencio en el ruido. Es darse y perderse para renacer y encontrarse. Sólo somos un bosquejo. Nada más paradójico: el día que podemos decir qué somos en definitiva, es que ya no somos. Nuestra vida es una obra terminada, cuando cesa. Así que soy un siendo y un haciéndome. Una búsqueda. Una pregunta al viento. Un tránsito, un puente, un ocaso que no cesa nunca de preguntarse si todavía es.

Sigueme en: