Consejeros jurisdiccionales
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En un seminario sobre las elecciones de 1994 en la Universidad de Texas, al tratar las asignaturas pendientes de nuestra legislación electoral, comenté la necesidad de reconsiderar que a los entonces consejeros ciudadanos se les requiriese ser licenciados en derecho, tal y como había sido para con los consejeros magistrados.
No fui muy lejos por la respuesta. Ofendidos varios de los participantes me recriminaron que pretendiese imponerle condiciones a "sus representantes". Palabras más, palabras menos, dijeron: "Con qué derecho quieres imponernos que nuestros representantes, los representantes de la ciudadanía, tengan que ser abogados. Nosotros podemos nombrar a quien se nos pegue nuestra regalada gana".
Hoy, la terrible y costosa confusión de querer ver en los consejeros una representación política, ¡gracias a Dios! ha quedado zanjada. Los consejeros no tienen ninguna representación política, ésta sólo deviene del sufragio. Lo que si tienen es una función pública, de Estado y, por ende, una responsabilidad, también, pública.
Al respecto es necesario recordar que la figura de consejero surge en el derecho electoral por un doble propósito: por un lado, ser factor de equilibrio entre los votos de los poderes Ejecutivo y Legislativo, con los de los partidos políticos, ello a la luz del abominable antecedente de la mayoría mecánica del PRI en la Comisión Federal Electoral. Por otro, ser garante de la legalidad de los actos y decisiones de la autoridad electoral. En ese entonces se tenía muy claro que a la imparcialidad del órgano y a la legitimidad de las elecciones, sólo se podría legar a través del cumplimiento irrestricto de la ley.
Por desgracia, los papeles se invirtieron, con la creación de los consejeros ciudadanos se privilegió, por sobre la legalidad, la supuesta naturaleza imparcial de personalidades providenciales. La vieja discusión entre Platón y Aristóteles de si debe gobernar el filósofo o la ley. En esta ocasión, olvidando las enseñanzas de la historia se supeditó la ley al hombre. Las consecuencias están a la vista, hoy el órgano electoral no es garante de la organización y desarrollo de la contienda electoral, es parte vital de ella. El IFE es, en la elección del 2000, juez y parte.
Por ello es que debe analizarse con detenimiento, sin pasión y con altura de miras la iniciativa presentada el pasado 12 de diciembre por el diputado Miguel Quiroz Pérez, quien propone, de alguna manera, regresar a la figura original, llamándola ahora "consejero jurisdiccional".
La exposición de motivos de la iniciativa hace una crítica severa, pero real, del comportamiento faccioso de algunos de los actuales consejeros electorales y de la erosión que en términos de aceptación y credibilidad han generado en la opinión pública para con el IFE. Sin embargo, a nuestro juicio, la exposición adolece de un análisis de la figura original del consejero magistrado y del propósito de legalidad que motivó su creación.
Volviendo a mi participación en la Universidad de Texas, creo que el consejero debe ser licenciado en derecho, no sólo por tener a su cargo garantizar que el principio de derecho impere en todos y cada uno de los actos y decisiones del órgano electoral, sino porque como miembros de órganos directivos deben sustentar su proceder en la interpretación y aplicación del derecho.
A mayor abundamiento, está comprobado que se puede ser autónomo y tomar decisiones fuera de la ley, se puede ser autónomo y actuar con parcialidad. Es menester recuperar el criterio original del Cofipe, que garantizaba la imparcialidad y la legitimidad de la autoridad electoral a través del principio de la legalidad.
Otro aspecto importante a analizar de la iniciativa en comento es la propuesta de regresar a los partidos el voto en el Consejo General. Textualmente afirma el diputado Quiroz: "De volver a los mismos (los partidos) el derecho de voto, pero con la característica de que se trate de un voto ponderado formulado en forma semejante a la considerada para el funcionamiento de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de la Cámara de Diputados... A través del voto expreso de los partidos políticos se evitaría que de manera oficiosa voceros suyos, cobijados por una supuesta autonomía e independencia inclinen la balanza de la justicia, la igualdad y la equidad en el trato a las partes contendientes... En realidad, la autonomía e independencia de todos los consejeros electorales es absurda y total respecto del Partido Revolucionario Institucional y los gobiernos surgidos de nuestras filas, pero no lo es en el caso de algunos de ellos respecto de otros partidos políticos nacionales".
Para nuestra desgracia no contamos con un Congreso que pueda procesar ninguno de nuestros conflictos y dudo mucho que haya entre nuestros partidos la responsabilidad política suficiente para asumir el riesgo que representa una autoridad electoral cuestionada, como lo es el IFE, aunque los consejeros y sus defensores de oficio se empeñen en negarlo.
De cualquier forma existe ya una iniciativa y al menos valdría la pena discutirla en sus méritos.
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