EL IFE A LA DISTANCIA

Una piedra en el camino

Una piedra en el camino

Foto Copyright: lfmopinion.com

Dice la máxima que el único animal que puede tropezarse dos veces con la misma piedra es el hombre, pero en el caso de algunos de los que integran el Consejo General del IFE, existe la fijación de tropezarse recurrentemente con la misma piedra: La Constitución.

Otra suerte correrían los acuerdos y resoluciones de ese consejo si existiera la prudencia y humildad —o al menos un poco de pudor— para escuchar al doctor en Derecho y maestro constitucionalista, José Barragán. No por nada otra máxima reza que no hay más ciego que el que no quiere ver, ni más sordo que el que no quiere oír.

No voy a tratar hoy la resolución por la que se multó a tres partidos por presuntas irregularidades en la comprobación de sus gastos en 1996. Para mí su inconstitucionalidad es tan ostensible que ofende y no resiste la menor de las dudas. Seguramente habrá de engrosar las estadísticas que hoy se esgrimen en defensa del Consejo: "Sólo hemos violado la Constitución en 7.46 por ciento", se dirá para pasmo de quien lo escuche y vergüenza de los anales del derecho electoral mexicano.

Existe, sin embargo, un acuerdo que no ha merecido la atención que requiere y por el cual, para no violentar su fijación, el consejo volvió a violentar la Constitución. Barragán, por supuesto no estuvo de acuerdo.

Dice la Constitución: Es obligación de los ciudadanos de la República "votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley". ¿Y cuáles son los términos que señala la ley? Que el elector vote en la casilla de su sección; que muestre su Credencial para Votar con Fotografía; y que sus datos aparezcan en la Lista Nominal de Electores. La propia ley establece excepciones a estos tres requisitos: el elector puede votar fuera de su sección electoral en una casilla especial si, por estar en tránsito, le es imposible acudir a la que le corresponde; si el elector es un representante de partido acreditado ante una casilla, podrá votar en ella aunque no aparezca en su lista; y si el elector muestra una resolución favorable del Tribunal Electoral podrá votar aunque no cuente con credencial ni aparezca en la lista.

La ley también señala que se permita votar a aquellos ciudadanos cuya credencial muestre errores de seccionamiento, pero aparezcan en la Lista Nominal correspondiente a la sección de su domicilio, después de que el presidente de casilla haya identificado al elector y cerciorado por los medios que estime más convenientes de la veracidad de su residencia.

Por último, la ley obliga al presidente de casilla a recoger aquellas credenciales que presenten muestras de alteración o no pertenezcan a su portador, independientemente de la responsabilidad penal en la que incurren los infractores.

Tales son los términos de la ley.

Sin embargo, el Consejo General ha determinado, al margen de los términos citados, que se impida votar a un elector cuando la fotografía que aparece en la lista no corresponda en forma evidente con la que aparece en la credencial para votar del ciudadano. En principio la falta de correspondencia entre una fotografía y otra es prácticamente imposible, pero de presentarse sería por causas ajenas al elector e imputables a la autoridad. El caso es diferente al de una credencial alterada o falsificada, o al de que no pertenezca al ciudadano que la presenta y que, como lo anotamos, la ley sí prevé y sanciona penalmente.

Si el elector debe votar en los términos de ley y la ley no establece nada acerca de la no concordancia de las fotografías, no corresponde al Consejo llenar esa laguna y menos hacerlo restringiendo el derecho constitucional ciudadano al sufragio y obstaculizando la obligación, también constitucional, de hacerlo.

El acuerdo, además, abre un amplio espectro de discrecionalidad que puede ser motivo de serias irregularidades al permitir al presidente de casilla decidir quién sí y quién no vota, en función de su muy personal apreciación de las fotografías, pero también de sus simpatías y antipatías.

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Luis Farias Mackey

Luis Farias Mackey

Ser o no ser, preguntó Hamlet. ¿Soy éste que soy?, preguntó Quetzalcóatl. ¿Vivo yo todavía?, preguntó Zaratustra. La primera es una opción binaria: sé es o no sé es. La segunda es la trama de la vida misma: ser lo que sé es. La tercera es descubrir si, siendo, efectivamente aún sé es. Vivir es un descubrimiento de lo que sé es a cada instante. Porque vivir es hurgar en el cielo y en las entrañas, en los otros -de afuera y de adentro-, del pasado y del presente, de la realidad y la fantasía, de la luz y de las sombras. Es escuchar el silencio en el ruido. Es darse y perderse para renacer y encontrarse. Sólo somos un bosquejo. Nada más paradójico: el día que podemos decir qué somos en definitiva, es que ya no somos. Nuestra vida es una obra terminada, cuando cesa. Así que soy un siendo y un haciéndome. Una búsqueda. Una pregunta al viento. Un tránsito, un puente, un ocaso que no cesa nunca de preguntarse si todavía es.

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