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INE ordena a AMLO abstenerse de incidir en las elecciones a través de sus conferencias mañaneras

INE ordena a AMLO abstenerse de incidir en las elecciones a través de sus conferencias mañaneras

Foto Copyright: INE

Finalmente, el Instituto Nacional Electoral (INE) se pronunció sobre las mañaneras. Día tras día se acumulaban ante su oficialía de partes quejas sobre las intromisiones del presidente en el proceso electoral y fue hasta ahora que, tras revisar 36 mañaneras impugnadas por diversos actores políticos, encontró que en 29 de ellas (80.55%), ocho de cada diez mañaneras, la intervención del presidente violentó el marco constitucional y legal vigente para influir a favor o en contra de preferencias electorales, en desacato al principio de imparcialidad y legalidad que le obliga.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó, una vez más, al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de difundir propaganda gubernamental y expresiones de contenido electoral hasta que se lleven a cabo las votaciones el próximo 6 de junio, en su mañaneras y en cualquier otro acto publico que realice.

Por tanto, el mandatario debe evitar difundir logros de gobierno, incluyendo programas sociales y personas beneficiadas, obras públicas y cualquier manifestación que pueda incidir en las preferencias electorales en juego.

Fue el Partido Acción Nacional quien impugnó algunas conferencias mañaneras considerando que en ellas el presidente hacía propaganda electoral reservada en tiempos de campaña a los partidos políticos por reforma auspiciada por el propio López Obrador a través del PRD, en aquel entonces su partido.

Ante otros reclamos del mismo tenor, el presidente aduce que nadie puede prohibirle su derecho de expresión y de réplica, desconociendo que, a diferencia del individuo que puede hacer todo aquello que la ley no le prohíbe, el funcionario público, en ejercicio de la función pública que realiza por atribución de ley, sólo puede hacer lo que las legislaciones expresamente le autorizan y bajo la reglamentación que al efecto la misma prescribe.

De tal suerte que el argumento presidencial sería correcto si hiciese sus manifestaciones en carácter de ciudadano, pero no así cuando lo hace en su calidad de Presidente, en uso de recintos, tiempos y recursos del Estado.

Las conferencias mañaneras que revisó el INE corrieron entre el 5 de abril y el 20 de mayo, en un total de 36, encontrando en 29 de ellas, a razón de un total de 469 minutos en que el presidente abordó temas sujetos a la veda electoral, relativos a propaganda gubernamental, lo que "denota un patrón de conducta reiterado y sistemático que podría afectar la equidad en la contienda", según reza la resolución aprobada.

Esta resolución se enmarca en otra de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial, también de esta semana, que encontró al presidente culpable de realizar propaganda electoral prohibida en tiempos de campaña y promoción personalizada durante sus mañaneras.

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Hay, por supuesto, quien señala que esto es una ‘ley mordaza’ y puede que lo sea, pero mientras esté vigente obliga a todos sin distinción y, además, su paternidad no exime de su cumplimiento.

Con información de Forbes México.

Información LFMOpinión

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