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El Tribunal le marca alto a los partidos en la Consulta Popular

El Tribunal le marca alto a los partidos en la Consulta Popular

Foto Copyright: lfmopinion.com

Participación Ciudadana.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en sesión pública a distancia resolvió por unanimidad que los partidos políticos no tienen porqué tener representantes en las mesas de votación de la Consulta Popular.

Ello, en resolución de un recurso presentando por Morena alegando la inconstitucionalidad de la medida, salvo que el recurso no se presentó en tiempo y forma.

La información es del diario 24 Horas y resulta relevante para los eventos en puerta.

Desgraciadamente el Tribunal no entró al fondo del asunto, es decir, no dilucidó si la medida es o no constitucional, toda vez que el partido recurrente, Morena, no impugnó dentro de los tiempos procesales indicados el acuerdo que dispone la no presencia de representantes de partido en las mesas receptoras de la llamada Consulta Popular.

La pregunta sería por qué habrían de tenerlos.

Si bien la consulta popular es una figura de participación ciudadana, no es una elección. Es decir, no están en juego cargos de elección popular a través de candidaturas postuladas por partidos, coaliciones o independientes. En estos casos, la presencia de los partidos es un derecho para cuidar y defender los intereses de sus candidatos y evitar que los contrarios hagan de las suyas.

Qué interés partidario alega Morena para querer tener representantes donde la ley no los otorga


Pero en una consulta popular los partidos no tienen un interés legítimo en juego ni razón suficiente para tener que tener representación en la mesa de votación. No tienen porqué presenciar la instalación de los centros de votación, vigilar la legalidad en la participación ciudadana, ni intervenir el escrutinio y cómputo y, menos, firmar las actas y acopiar copias de ellas. Finalmente, no tiene vela en el entierro para la recepción de los paquetes en los consejos distritales.

A mayor abundamiento, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que es la aplicable en elecciones, no rige para consultas populares, sino la Ley Federal de Consulta Popular.

La representación partidaria es un derecho de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, no así de Consulta Popular.

Ahora bien, cabría preguntarnos, qué interés partidario alega Morena para querer tener representantes donde la ley no los otorga.

La Consulta, con todas sus contradicciones, es un procedimiento de participación ciudadana, y bien haría Morena en respetar a los ciudadanos y dejar de entrometerse en el tema como si de un voto a su favor se tratase.

¿Usted, qué cree?

Texto publicado en TheBúnker.MX



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Luis Farias Mackey

Luis Farias Mackey

Ser o no ser, preguntó Hamlet. ¿Soy éste que soy?, preguntó Quetzalcóatl. ¿Vivo yo todavía?, preguntó Zaratustra. La primera es una opción binaria: sé es o no sé es. La segunda es la trama de la vida misma: ser lo que sé es. La tercera es descubrir si, siendo, efectivamente aún sé es. Vivir es un descubrimiento de lo que sé es a cada instante. Porque vivir es hurgar en el cielo y en las entrañas, en los otros -de afuera y de adentro-, del pasado y del presente, de la realidad y la fantasía, de la luz y de las sombras. Es escuchar el silencio en el ruido. Es darse y perderse para renacer y encontrarse. Sólo somos un bosquejo. Nada más paradójico: el día que podemos decir qué somos en definitiva, es que ya no somos. Nuestra vida es una obra terminada, cuando cesa. Así que soy un siendo y un haciéndome. Una búsqueda. Una pregunta al viento. Un tránsito, un puente, un ocaso que no cesa nunca de preguntarse si todavía es.

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