LETRAS

El ejido mexicano en la globalización

El ejido mexicano en la globalización
El tercer despojo histórico de tierras a pueblos y hombres del campo

La globalización opera sobre negocios, finanzas, comercio y flujos de información, en beneficio de la élite que los controlan.

En lo que Bauman llama la "Gran Guerra de Independencia del Espacio", la globalización emancipó a los centros de decisión económica y a sus élites de las limitaciones propias del territorio. Los extraterritorializó. La "ingravidez del poder", como él le llama, hace que la distancia, el aquí y el allá, pierdan significado, al menos para los detentadores del poder económico planetario.

Antes, el capital se casaba de por vida con sus empleados, el territorio y la comunidad donde se asentaba. La globalización liberó al gran capital de esas ataduras, organizando el espacio y domando las distancias por factores tecnológicos de alta velocidad y bajo costo: basta obturar una tecla para mover con inmediatez instantánea los recursos dejando a las comunidades involucradas en la nada económica y a cargo de las consecuencias sociales y ambientales causadas. La globalización concentra y desterritorializa los beneficios, pero localiza y socializa los costos.

La extraterritorialización del poder económico contrasta con el resto mayoritario de la humanidad y sus instituciones políticas y sociales, que permanecen confinadas y condenadas al territorio. En ese sentido, los efectos de la globalización no son generalizados, sino diferenciados y diferenciadores. A unos, los menos y beneficiarios de la globalización, los desconecta de toda obligación para con los otros; mientras que la humanidad en su conjunto queda condenada al territorio, a la localización. La globalización libera, la localización condena. La glocalización "incluye a los globales y separa a los locales", en palabras de Bauman "no se refiere a lo que nosotros, o al menos los más ingeniosos y emprendedores, queremos o esperamos hacer, sino a lo que nos sucede a todos. La idea se refiere explícitamente a las ‘fuerzas anónimas’ (…) que operan en una vasta ‘tierra de nadie’ –brumosa y cenagosa, intransitable e indomable-, fuera del alcance de la capacidad de planificación y acción de cualquiera."

El poder globalizado, al ser "ingrávido", al carecer de lugar y, por ende, de ataduras, no tiene que "contribuir" a la "vida cotidiana y a la perpetuación de la comunidad", atada indefectiblemente al territorio. El término "contribuir" utilizado en la cita anterior por Bauman me parece incorrecto, toda vez que de lo que se liberan los centros de poder es de "retribuir" a las comunidades sin cuya participación y territorio los beneficios de las élites de la globalización serían imposibles.

Así, lo que para el poder económico es liberación espacial, para las comunidades es derrota, prisión, penuria y marginación. El haz es la globalización, en envés es la localización. Una libera, otra sojuzga y condena.

La globalización no sólo liberaliza al capital de la comunidad y del territorio, sino también de sus resultantes: el Estado-nación y su soberanía local. Estados y soberanías terminan como rehenes de las condiciones de los inversionistas extraterritorializados, siempre en perjuicio de sus comunidades.

Para Bauman, "aquello que se mueve a la velocidad similar a la del mensaje electrónico está prácticamente libre de las restricciones relacionadas con el territorio dentro del cual se originó, aquel hacia el cual se dirige o el que atraviesa de paso." En tales circunstancias, tercia G. H. Von Wright, "parece que el Estado nación se erosiona, o acaso, se extingue." En esa condiciones, el Estado se convierte en "estación de policía local", útil sólo para contener en el orden a los locales y así garantizar en su territorio la operación de los negocios globales y, por ende, impotente, siquiera, para soñar imponer alguna restricción a la expoliación del poder global.

Para Bauman, "lejos de homogeneizar la condición humana, la anulación de las distancias de tiempo y espacio tiende a polarizarla (…) emancipa a ciertos humanos de las restricciones territoriales a la vez que despoja al territorio, donde otros permanecen confinados, de su valor y su capacidad para otorgar identidad." Concluye el gran sociólogo: "Cuando la ‘distancia pierde su significado’ lo mismo sucede con las localidades." En otras palabras, se da "el último toque de desintegración de las formas locales de solidaridad y vida comunitaria."

Un ejemplo claro de ello lo vemos en muchos de nuestros ejidos. Partamos de que el ejido es una comunidad, antes que una unidad de producción. Como comunidad goza de sentido de pertenencia, identidad, sistemas de comunicación y espacio. El espacio fija un adentro y un fuera, y con ello determina quienes son propios y quienes ajenos; los que pertenecen y como tales participan en la toma de decisiones comunitarias y los que son extraños a su ser y decidir común. Al menos así solía y debiera ser.

Por otro lado, también habrá que admitir las taras del México profundo que el ejido carga sobre sus espaldas: organizado para el control gubernamental y el medro partidista; adicto al clientelismo, al paternalismo y a la dependencia; formado para la extorsión al externo y la explotación de los propios. Sus atavismos y dinámicas lo condena al cacicazgo de corte autoritario y despótico del grupo que detenta el control de sus órganos de dirección y vigilancia. Sus adicciones lo hace dependiente de autoridades venales, casi siempre asociadas con sus cacicazgos internos. Bajo esta relación de tipo parasitaria, sometida a un sistema de poder corporativo, electorero y clientelar, el ejido desarrolló la creencia que las soluciones a todos sus males vienen de afuera y de forma gratuita. Todo aquel que no sea ejidatario es visto por éstos como responsable de su mal fario y, por ende, deudor innato e histórico de su postración social; cualquier relación que se entable con él no parte de cero ni se procesa en sus méritos, llega cargada de reclamos y resabios ajenos a la reciprocidad de su circunstancia, las más de las veces alimentados por subjetivismos rencorosos y voracidades desbordadas.

El ejido, por tanto, no sólo ve al gobierno solo como su gran deudor y dador; incluso en sus relaciones con particulares siempre exige una contraprestación desmesurada, queriendo resolver de una sola vez y para siempre toda su problemática, bajo el criterio de que su situación de postración los hace merecedores de ello y el otro, por el simple hecho de serlo, es responsable directo de sus males y está obligado a resarcirlo con creces de suyo desproporcionadas.

Estas taras hacen muy difíciles, costosas y cansadas las relaciones con el ejido en tanto comunidad, situación que, como veremos, no ha derivado en su fortaleza, al favorecer negociaciones individuales en donde el ejidatario, sin la fuerza de su colectivo, termina por ser borrado y tras de él, en un robo hormiga, el ejido en su conjunto.

Los usos y costumbres de su relación con el poder también gravitan seriamente contras las capacidades comunales de organizarse en torno a la producción agropecuaria y de forjar cohesión social.

Hace algunos años, tras perder un juicio agrario por el que se reclamaba la indemnización de una expropiación efectuada 45 años antes y pagada varias veces a lo largo de ese tiempo por la dependencia gubernamental federal involucrada, el ejido perdedor, acicateado por el Secretario de Desarrollo Rural del Estado en cuestión, cerró en pleno periodo vacacional el acceso carretero a un centro turístico de renombre mundial, invadió el campo de golf y tomó la planta de tratamiento de agua bajo amenaza de cerrar su operación si no se le concedía la indemnización perdida en tribunales. Corrían los primeros meses del foxiato y los funcionarios de Gobernación enviados desde la Ciudad de México a negociar creyeron a píe juntillas las historias y lamentos del taimado Comisariado Ejidal. Poco valió que la dependencia en cuestión hiciese valer el número de veces que se había pagado la indemnización supuestamente adeudada, la sentencia ganada en juicio, la mecánica de chantaje del ejido ampliamente conocida y acreditada a lo largo de muchos años, así como la mano negra de funcionarios locales, también de amplio reconocimiento en el arte extorsionador. Debo adelantar, además, que la mayoría de los ejidatarios, viejos y enfermos, permanecen en la misma miseria extrema que antecedió a la expropiación, condición que no comparten sus compañeros que desde entonces y por generaciones han controlado el Comisariado Ejidal, la Comisión de Vigilancia del Ejido y el rosario de indemnizaciones obtenidas. Bien, cuando salíamos del Tribunal tras ser obligados por los negociadores de la Secretaría de Gobernación a firmar el convenio judicial por el cual se les volvía a pagar otra indemnización y en contra de la sentencia obtenida, el entonces líder del ejido me pidió dejará de representar a la dependencia y trabajará para ellos. Obviamente me negué, pero le inquirí para qué requerirían mis servicios y el personaje me adelantó que tenían planeadas demandas agrarias y acciones de hechos para pelear indemnizaciones a CFE por derechos de paso de torres de alta tensión; a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes por derecho de vía de una carretera federal; a la Secretaría de Educación Pública por escuelas varias; a la Comisión Nacional del Agua por una planta de tratamiento de aguas residuales; a la Secretaría de Salud por un Hospital General y a otras tantas dependencias federales. En total listó ocho o nueve demandas y dependencias federales en su agenda político judicial ejidal. Dos preguntas más le hice. La primera, ¿y todas estas dependencias no indemnizaron sus respectivas expropiaciones? A lo que contestó que eso era lo de menos y a las pruebas se remitía. La segunda: ¿y qué planes tienen para producir la gran extensión de tierra que todavía conservan y de la que viven los más pobres y desamparados de sus compañeros? Su respuesta fue una mirada de extrañamiento y un movimiento de negación con la cabeza: "Ay licenciado, Usted no entiende nada."

No pretendo que este ejemplo se tome como una generalización de todos los ejidos en el país, tan sólo busco ilustrar algunas de las perversas dinámicas que gravitan adentro y en el entorno de muchos ejidos.

En esa lacerante y difícil realidad, en México se viene sucediendo un proceso de segregación y desintegración ejidal de gran calado. Fenómeno que no sólo afecta a la titularidad de las tierras sino principalmente a la vida comunitaria de estos núcleos agrarios y, finalmente, a la cohesión social y paz política en México. Su proceder, además, responde a las dinámicas propias de la globalización.

Esta es la historia.

Grandes especuladores de tierra, en connivencia con funcionarios agrarios -debo precisar, tanto del priísmo como del panismo-, se han hecho de grandes extensiones de tierra ejidal. Para dar una idea de qué tan extensas son, baste mencionar que se compran por kilómetros de playa escogidas desde aviones para evitar ensuciarse los zapatos. Importante es señalar que no compran cualquier tierra, sino aquella con vocación de desarrollo turístico, minero, industrial o urbana. Más no lo hacen con miras a desarrollar ellos directamente algún proyecto, sino única y exclusivamente para especular.

No faltara quien diga que la Constitución protege la actividad comercial a la que se dedican y, en principio, así sería, salvo algunas consideraciones de las que paso a dar cuenta.

Estos especuladores en ningún caso compran para proyectos agropecuarios y forestales. Lo anterior sería entendible si no fuera por la manera como se hacen de las tierras y donde reside el daño mortal que se les infringe a las comunidades agrarias.

Partamos del marco legal para entender la problemática y el proceso. Por ley las tierras ejidales no están en el comercio, es decir, no se pueden comprar ni vender, salvo que primero se desincoporen del régimen ejidal y pasen al de la propiedad privada. Pero las tierras ya desincorporadas tienen un valor superior en el mercado que el de las tierras aún ejidales, lo que implica un mayor desembolso y riesgo, y una menor ganancia para el especulador. El proceso de desincorporación agraria, además, es lento, implica la participación del núcleo ejidal y suele ser objeto de extorsiones burocráticas. Acudir a un ejido reunido en asamblea para proponerle la compra de una superficie importante de sus tierras vía desincorporación, sabedores los ejidatarios que tienen el control absoluto de ésta, suele disparar psicosis y voracidades colectivas en el grupo social y en sus aliados burocráticos.

Ahora bien, lo que la ley sí permite es la transmisión de tierras entre ejidatarios y entre ejidatarios y avecindados, y entre ejidatarios y posesionarios reconocidos por el ejido. Aprovechando esta permisión, los especuladores han optado por comprar derechos ejidales en vez de adquirir directamente tierras que, como se verá, pueden venir inmersas en los derechos adquiridos o bien, de no ser tal el caso, la calidad de ejidatario les abre la puerta para adquirirlas a un precio muy castigado.

Me explico: si la tierra ejidal es más barata y se puede transmitir libremente entre miembros del propio ejido, los especuladores lo que hacen es hacerse ejidatarios y adquirir tierra ejidal para luego, en su calidad de ejidatarios, tramitar el dominio pleno sobre las mismas. Ya admitidos como ejidatarios continúan con la compra silenciosa de derechos de ejidatarios hasta controlar mayoritariamente las asambleas ejidales y, por supuesto, la venta y precio de las tierras otrora ejidales.

Nótese que no compran directamente tierras, sino la calidad de ejidatario y, con él, las tierras afectas a ese derecho y todas las demás que con el tiempo puedan adquirir. Se da incluso la eventualidad que compren única y exclusivamente el derecho a ser ejidatario y, una vez, admitido, hacerse de tierras y poder en la asamblea.

Ello, como lo veremos, implica la complicidad del Comisariado Ejidal, del Consejo de Vigilancia, del Visitador, Residente o Delegado de la Procuraduría Agraria; a veces de los tres juntos y, si la operación es de un calado fuera de lo normal, de funcionarios de más arriba. Finalmente, se requiere la connivencia directa de funcionarios del Registro Agrario Nacional. No pocos gobernadores han hecho fortunas en este tipo de especulación, sobre todo aquellos cuyos territorios tienen costas.

La mecánica es la siguiente, se requiere un intermediario entre el gran capital especulador y los ejidos, al que llamaremos el especulador mayor, artífice del robo de ejidos. Este personaje requiere a su vez de operadores afines en ambos extremos de la ecuación; unos exquisitos y bien relacionados con el mundillo especulador, que en muchos casos son notarios de prosapia y con buenas relaciones gubernamentales, gobernadores o funcionarios federales, que juegan el doble papel de interfase con los especuladores y de especuladores ellos mismos; y otros con capacidad de interactuar con los comisariados ejidales, siendo la mayoría de las veces exfuncionarios o funcionarios agrarios locales, abogados especializados o gente relacionada con ejidos por manejo de programas y servicios gubernamentales. Los primeros buscan compradores, mientras más voraces mejor; los segundos ejidatarios, mientras más necesitados mejor.

Empecemos por la parte ejidal. No hay programa gubernamental ni privado que no pase por el control total del Comisariado Ejidal. Sus miembros son, por supuesto, los principales beneficiados de programas y apoyos, junto con la cofradía que los apoya y entre cuyos miembros se rotan el poder en el ejido. Lo anterior lleva implícitos dos supuestos casi siempre presentes: por un lado, la marginación de los grupos contrarios al Comisariado; por otro, la complicidad de los funcionarios gubernamentales que hacen posible la selectividad de los programas, apoyos y servicios a su cargo, y, sin duda, con beneficios personales directos de por medio a favor de dichos funcionarios. Ambos supuestos son de vital importancia para justipreciar el poder de ciertos comisariados y los circuitos de poder adentro y fuera del ejido. Las inscripciones de actas de asamblea, la expedición de certificados y documentos agrarios, la defensa de derechos individuales en juicio, la inscripción y cambios de listas de sucesores, el derecho a voz en las asambleas ejidales, los apoyos económicos en casos de emergencia, la imposición de trabajos comunitarios, la inscripción en padrones de programas gubernamentales, la participación y beneficios de los mismos, y hasta las sanciones al interior del ejido pasan por el control discrecional del Comisariado Ejidal; aquel ejidatario que ose oponerse a su poder será objeto de marginación, exclusión y persecución, lo cual hace casi imposible cualquier esfuerzo colectivo al margen o contrario al grupo en el poder.

Cuando en casos de excepción los ejidatarios logran organizarse para deponer al Comisariado, la ley exige procesar la destitución a través del propio Comisariado, quien debe convocar asamblea para su ¡destitución!; si éste se niega, debe convocar el Consejo de Vigilancia, que responde al mismo grupo e interés que el Comisariado. Tras de ello, si los ejidatarios aún persisten, la ley les obliga a acudir a la Procuraduría Agraria a efecto de que sea ella quien convoque a una asamblea de destitución. Ésta les solicita acreditar personalidad, interés e identidad, así como demostrar fehacientemente que agotaron las dos instancias previas. En los rarísimos casos en que ello acontece, los ejidatarios se estrellan con las complicidades gubernamentales de funcionarios, algunos de ellos al más alto nivel, que harán hasta lo imposible para no perder su implantación, complicidad y beneficios en los ejidos, vía sus compinches del Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia. Existe, por mencionar tan solo uno de tantos casos, el Ejido Mazatlán en las Playas de Rosarito, Ensenada, Baja California, que por más de diez años intentó convocar por medio de la Procuraduría Agraria a una asamblea para destituir a su Comisariado. No sólo no lo logró, sino que como resultado obtuvo la perpetuación del mismo Comisariado bajo la omisión, complacencia y corrupción de la autoridad encargada de procurar la normalidad y legalidad en la vida ejidal.

Pues bien, al igual que el ejido de las indemnizaciones varias veces pagadas antes descrito, en casi todos los ejidos es posible diferenciar al grupo controlador, beneficiario, extorsionador y explotador, de los grupos por él sometidos y excluidos. Basta comparar las casas, vestimentas, complexión física y camionetas últimos modelo de los primeros contra la miseria y desesperanzas de los segundos.

En esta última categoría se encuentra la cantera que buscan los operadores del especulador mayor. Por las vías que sean necesarias contactan y cooptan al Comisariado Ejidal y al Consejo de Vigilancia, ello implica también al grupo cercano que junto con ellos detentan el control del ejido y sus socios y protectores gubernamentales. Con ellos radiografían la situación individualizada de cada ejidatario y diseñan las estrategias a seguir. Empiezan por las circunstancias de apremio: una enfermedad, un fallecimiento, una deuda, financiamiento para avios y hasta fiestas de la comunidad. Acuden al menesteroso de la mano del miembro del grupo de poder ejidal más indicado al caso y le prestan gustosos dinero para salir del apuro. Los prestamos no son muy cuantiosos, van de 5 a 50 mil pesos. Semanas después, precedidos por el ejidatario pastor, regresan con la oferta de comprar su derecho ejidal y convertir lo adeudado en adelanto de la operación de compraventa. Como el ejidatario no tiene con qué pagar, ni posibilidades de hacerlo en el futuro, termina por firmar la promesa de compra.

Del simple recibo por el préstamo se pasa a un contrato preparatorio de compraventa ante el Notario de la localidad, de antemano coludido en la operación. Es de explicitar que las finezas jurídicas que diferencian derechos reales sobre las tierras ejidales, de los derechos personales de ser ejidatario con derechos plenos como integrante del núcleo agrario, no suelen ser distinguidos por los ejidatarios y menos bajo las presiones de una deuda, la presencia y poder del Comisariado Ejidal y la impostura de un Notario Público. En ese entendido y circunstancia, la mayoría de los ejidatarios firman el recibo de anticipo creyendo obligarse a vender alguna de sus parcelas en particular, no su integración, permanencia y pertenencia en su comunidad. En otras palabras, su estilo de vida y relación con el mundo.

Existen otras vías utilizadas por los operadores del extremo ejidal: aprovechamiento de ausencias por migración de ejidatarios. A la distancia y sin quien vea por sus derechos, el Comisariado y sus cómplices gubernamentales operan la privación de los derechos del ausente por diversas y experimentadas vías. En la mayoría de los casos éste o sus deudos, cuando se enteran de la privación, las más de las veces muchos años después, los dan por perdidos. En otros, tras juicios cercanos a la eternidad los logran recuperar, siempre que frente a ellos no juegue un especulador de gran calado y sus complicidades de mayor desplazamiento.

En otros casos, se aprovechan de la demencia senil o viudez de una clase ejidal envejecida en el mayor de los abandonos y en la más absoluta indefensión.

Finalmente siempre quedan, de ser necesarios, las amenazas y los hechos de fuerza. Las veredas y los barrancos suelen ser muy traicioneros de noche y de día. No siempre es necesario atentar contra hijos, nietos, esposa o madre del que rehúse a vender su calidad de ejitario, basta con robarle o matarle ganado, retrasarle los apoyos gubernamentales, imponerle trabajos comunitarios, cobrarle deudas pendientes con el ejido o con no mantener los caminos a su parcela. Pero si es necesario, las amenazas no se dejan esperar como tampoco los hechos de violencia.

La operación en los ejidos es silenciosa y paciente, pero implacable. Quien se atreve a hacer denuncia de hechos ante los órganos de procuración de justicia encuentra por respuesta la cooptación venal del gran capital a las ramificaciones más endebles y corruptas del uso legítimo de la fuerza. Donde toda legitimación, derecho y justicia se rinden a la fuerza.

Una vez que se han acopiado un número significativos de casos negociados, los ejidatarios vendedores son convocados o llevados por la fuerza ante el Notario de la localidad: los que deben el préstamo, los que lo mutaron en anticipo de compraventa, los en estado de indefensión y los amenazados o abiertamente domesticados. La suerte de los ausentes por migración se salva de este paso.

El hasta entonces amigable operador del especulador mayor, abandona su segundo y cordial plano, para exigir con Ministerio Público de por medio y ante Notario Público la firma de los documentos que se imponen al ejidatario. Si no firman, allí está el Comisariado-Cacique para consagrar el hecho y garantizar con su presencia el infranqueable castigo comunal; el Ministerio Público para asegurar el rigor de la amenaza y el Notario para sacralizar el momento y advertir silenciosamente el infierno que espera a los rijosos. Finalmente, el operador suele ser flanqueado por un equipo de abogados de traje y cara de pocos amigos para marcar diferencias, poderes y amenazas.

Es en ese momento que el ejidatario se entera que no se trata de la venta de una parcela sino de su calidad de ejidatario y, con ella, de todas las parcelas y derechos sobre tierras de uso común en su poder. Unos cuantos logran salvar algunas de sus parcelas o conservar derechos sobre las tierras de uso común. La mayoría, principalmente los más indefensos y viejos, entregan todo.

Frente al Notario y su fe pública se firman documentos post fechados. El ejidatario es obligado a llevar a toda su familia para firmar las liberaciones de los derechos del tanto. Esta etapa del robo se lleva a cabo en un fin de semana.

Si acaso alguno de los ejidatarios obligados a firmar acude a la Procuraduría Agraria en busca de asesoría, defensa y justicia, habrá de estrellarse con formalismos jurídicos como acreditar que se es ejidatario, que se está en ejercicio pleno de sus derechos, que pruebe sus dichos con documentos de los que carece, habida cuenta que no se le entrega copia de nada de lo que firmó. El laberinto burocrático hace desistir a cualquiera. Por ese lado el especulador mayor, sus operadores y cómplices ejidales están a salvo, la institución les procurará expedita protección.

Las operaciones se pactan entre cien mil y trescientos mil pesos por calidad ejidal, sin importar el número de hectáreas que dicha calidad pueda involucrar, habida cuenta que, recordemos, no se está comprando tierra, sino la titularidad de ser ejidatario, aunque con ella vengan tierras inmersas. Formalidades, como se comprenderá, de difícil procesamiento y comprensión para un ejidatario medio.

Ese es el rango de precio pactado y firmado, pero depende de la enjundia de cada ejidatario en lo individual para cobrar en ese momento el precio acordado. Algunos consiguen la totalidad en ese momento, otros alguna parte, algunos ninguna. Como sea todos firman. En el tropel de documentos que les imponen a firma va un recibo por el total de la operación. Jamás se puede saber quién sí cobro todo y quién no.

El concepto original del ejido implicaba que las tierras se entregaban al núcleo agrario para su sostenimiento, pero también para su defensa. Para convertirlas en capital de trabajo que permitiese la subsistencia y desarrollo del grupo, pero, por igual, para que como tal hiciesen frente a las amenazas de despojo. Las razones de ello, además, hunden sus raíces en dos despojos históricos: el de la conquista y el del Porfiriato. Hoy, a pesar de las enseñanzas históricas, atestiguamos un tercer despojo de tierras, nada más que en las condiciones propias de la globalización.

El caso es que la comunidad ejidal no ha sido capaz de defender sus tierras y menos su vida y organización comunitarias. Sus órganos de representación y vigilancia, encargados por ley de vigilar y garantizar la vigencia de los derechos de sus miembros y comunidad, por voracidad, ignorancia y torpeza, ha franqueado las puertas para que los ejidatarios, dejados a su suerte en lo individual, sin el resguardo y fuerza de su organización comunitaria, sean despojados de sus derechos y forma de vida; pero también para que el ejido pierda su cohesión social, su sentido de pertenencia e identidad, y el control de sus decisiones.

Mientras ello sucede en el ejido , en Notarias en Coyoacán, Santa Fe, San Pedro Garza García, Guadalajara, Los Cabos, Mazatlán o en alguna oficina de Nueva York, Berlín o Tokio, los operadores en el otro extremo de la ecuación firman contratos por entre dos y cinco millones de pesos, o su equivalente en Dólares o Euros. Algunos. Los más cercanos y desconfiados, exigen un vuelo por sobre los kilómetros de playas a comprar o las superficies proclives a los grandes desarrollos. Desde el aíre, bien avituallados de vinos, viandas y mujeres, escogen, playas, bahías, penínsulas, cerros, valles, barranco y montañas. Otros, más confiados o distantes, compran sobre catálogos bellamente ilustrados, saliva o simple voracidad. Si finalmente la superficie escogida no les es debidamente entregada, siempre cabe la excusa de que se atravesó la asamblea ejidal. En todos lo casos es venta de lo ajeno, pero qué importa en un mundo globalizado y desterritorializado.

La parte que sigue es la de máxima complicidad entre autoridades y Comisariado Ejidal, e implica el perfeccionamiento del robo de la identidad y tierras del ejidatario, así como el rompimiento de los lazos y organización societales.

El Comisariado convoca a una asamblea en primera convocatoria que, para el caso de aceptación y separación de ejidatarios, requiere un quórum de la mitad más uno de los ejidatarios; pero el mismo Comisariado opera con su grupo para que ésta no tenga verificativo. Tras de ello, lanza una segunda convocatoria, ya que éstas se celebran con los ejidatarios que asistan y ahora el Comisariado opera para incentivar la presencia de los suyos, obstaculizar las de los contrarios o abiertamente comprar su inasitencia. Aunque no se requiere que medie la presencia de la Procuraduría Agraria, le cursan invitación para que el Visitador de la dependencia le dé mayor formalismo al acto y, de ser necesario, imponga su autoridad. Ya instalada la asamblea, después de tratar asuntos de informes y trabajos comunitarios, y con ello cansar a los asambleistas, deja para el final la admisión de nuevos ejidatarios.

Veamos antes de entrar al tema los requisitos que la ley exige para admitir nuevos ejidatarios. Para ser ejidatario se requiere ser mexicano, mayor de edad y estar avecindando en el ejido con por lo menos un año de antigüedad. El Visitador de la Procuraduria Agraria y los propios Comisariado y Consejo de Vigilancia están obligados por ley a verificar que se cumplan estos requisitos.

Bien, estas asambleas se llevan a cabo sin la presencia de los sujetos a ser admitidos y que, supuestamente, tienen más de un año de estar viviendo en el ejido y entre los ejidatarios. El hecho es que nadie los conoce, ni los ha visto en su vida; nadie sabe dónde viven, a qué se dedican y menos su edad y nacionalidad. El Comisariado se concreta a leer una larga lista de nombres que somete a consideración para ser admitidos como nuevos ejidatarios. La votación es a mano alzada y sin admitir discusiones. Si alguien osa brincar el Presidente del Consejo de Vigilancia lo conmina al orden con advertencia de expulsarlo de la asamblea por alterar el desarrollo de la asamblea y, en caso extremo, el Visitador de la Procuraduría Agraria hará valer su autoridad para sostener que lo que hace el Comisariado está dentro de la ley, aunque no sea así.

La admisión es un acto jurídico que se perfecciona con la manifestación del voto mayoritario de los presentes que, por ser asamblea en segunda convocatoria, son los que se hayan presentado.

Nótese que lo que se somete a consideración y aprobación de la asamblea es la admisión lisa y llana de nuevos sujetos ejidales.

Ahora bien, por su parte la transmisión (compra-venta) de certificados parcelarios y de tierras de uso común, es un acto diverso en naturaleza y procedimiento. Requiere, en principio, un punto del orden del día especial, pero el Comisariado suele incluir como parte del punto de admisión de nuevos ejidatarios la transmisión de tierras y, como veremos, la cesión, substitución, renuncia y cancelación de la calidad ejidal. El Visitador de la Procuraduría Agraria hace como que la Virgen le habla.

Veamos esta parte con detenimiento para desbrozar sus componentes jurídicos y alcances comunitarios. La ley establece que para que procedan compraventas de tierras entre miembros del ejido, la asamblea ejidal debe de aprobarlas. Como ya enunciamos, esta parte se desarrolla como componente de la admisión de nuevos ejidatarios y no como un acto jurídico diverso y valorado en sus méritos. Así, como parte de la admisión de un nuevo ejidatario se somete a la asamblea las tierras que el ejidatario que fue previamente constreñido a firmar la venta de su calidad ejidal, supuestamente, le transmite gratuitamente al recién admitido nuevo ejidatario su derecho sobre tierras. Como ya vimos, algunos ejidatarios transmiten todas sus parcelas y derecho de uso común, otros sólo este último, algunos más sólo alguna o algunas parcelas. Hay, por excepción, quien sólo transmite su calidad de ejidatario sin tierras de por medio. Este supuesto lo analizaremos más adelante.

Procedamos entonces los casos de nuevos ejidatarios que con su admisión adquirieron tierras. Si bien estamos ante la consumación de un atraco, es algo que ya teníamos anunciado. El problema es que inmerso en la transmisión de la tierra se incluye un acuerdo por el cual quien transmite, cede, es substituido, renuncia y cancela, todo al mismo tiempo, su derecho a ser ejidatario. Es decir, deja de ser parte de la comunidad en la que está inserto y que comprende el universo de todos sus lazos societales.

Aquí debemos detenernos un poco. La calidad ejidal no es algo que esté en el comercio, no se puede comprar ni vender. Se es o no se es ejidatario por admisión de la asamblea, sentencia agraria o sucesión de derechos agrarios; pero no por compra-venta de la calidad de ejidatario. Se pueden vender tierras ejidales entre miembros del núcleo agrario, pero no el derecho a ser ejidatario.

Si no se puede transmitir, tampoco se puede ceder.

Pero el mayor absurdo de todo esto es que tampoco se le puede substituir.

Ahora bien, no se puede transmitir, ceder y substituir algo al mismo tiempo. Más aún si las tres figuras están prohibidas por ley.

No obstante, para que no quede duda, en el mismo acto se fuerza al ejidatario original, además, a renunciar a su derecho y, simultáneamente, a cancelarlo. Se entendería que si dicho derecho ya se transmitió, cedió y substituyó, se carece de aquello a lo que renuncia. Y si ya renunció, transmitió, cedió y substituyó tampoco le sería dable cancelarlo; pero delante de la autoridad gubernamental y bajo ejecución de los legalmente obligados a garantizar y proteger los derechos agrarios, los ejidatarios son despojados de sus derechos por las vías simultáneas de transmisión, cesión, substitución, renuncia y cancelación.

Una última consideración. Los nuevos ejidatarios fueron primeramente aceptados y admitidos, por lo que no se explica por qué los viejos y auténticos tienen que ser despojados de sus calidades ejidales. En otras palabras, los nuevos debieran agregarse a la asamblea además de los demás ejidatarios, sin necesidad de dar de baja a ninguno. Ello, sin embargo, no sucede así, porque lo que busca el especulador mayor no es sólo hacerse de tierras, sino y principalmente del control del ejido.

En los casos de excepción donde sólo se haya cedido la calidad ejidal sin tierras de por medio, el absurdo es aún mayor. Veamos. Yo ejidatario original, bajo fuerza cedo algo que no puedo ceder, que es mi calidad ejidal, pero no cedo mis tierras. No obstante, la asamblea me obliga a ceder, substituir, renunciar y cancelar mi calidad ejidal, aún cuando conservo derechos sobre tierras en el ejido. Así se da el absurdo jurídico de tener tierras ejidales y no soy ejidatario.

Analicemos este último supuesto. El ejido, una vez que ha sido delimitado y certificado, se compone de diversos tipos de tierra: tierras parceladas, que se asignan individual y colectivamente, es decir, se pueden asignar a un ejidatario, a un grupo de ejidatarios o a todos los ejidatarios con derechos vigentes. En este último caso, el certificado sale a nombre del ejido. Le siguen las tierras de uso común, que son las tierras para el pastoreo o la explotación colectiva, la recolección de leña, etcétera, como pueden ser bosques, selvas, minas de arena, etc.. Los derechos sobre las tierras de uso común se asignan entre los ejidatarios por porcentajes iguales o diferenciados, según lo disponga la asamblea. También las tierras de uso común suelen ser tierras que el ejido reserva para un parcelamiento futuro, pensando en las próximas generaciones, o bien para posibles desarrollos en asociación con capital privado. Como se comprenderá, de existir tierras reservadas a futuros parcelamientos, una vez que la composición de la asamblea cambió sus equilibrios internos con la admisión de los ejidatarios especuladores, dichos parcelamientos se hacen en beneficio de éstos y del grupo del Comisariado Ejidal, no de los ejidatarios originales y menos de sus hijos.

Hay tierras que por ley no se pueden parcelar, como los bosques y selvas, de suerte que éstas siempre se destinan a tierras de uso común.

Existen otras tierras con un destino específico como la parcela escolar, la Unidad Agrícola Industrial de la Mujer, o bien huertos comunales, o parcelas para explotación de piedra, arena o minerales. En estos casos, la tierra se certifica al ejido. Existen, además, tierras para infraestructura como son los caminos que cruzan el ejido y comunican las parcelas o los conectan con otros ejidos o pequeñas propiedades rurales; derechos de vía de líneas de conducción o situaciones similares. Finalmente, existen superficies ocupadas por cuerpos de agua. Todas estas tierras se consideran propiedad del ejido en su conjunto.

Existen, también, tierras para el asentamiento humano. En este caso son solares urbanos que se asignan en lo individual a ejidatarios, avecindados o posesionarios, y siempre se delimitan solares urbanos demás pensando en los hijos de ejidatarios que, por lo pronto, quedan como zona de reserva asignada al ejido en su conjunto.

Hecha esta aclaración regresemos a nuestros ejidatarios despojados de su calidad ejidal. Algunos, como dijimos no cedieron todas sus tierras individualmente asignadas y, por ende, conservan o tierra parcelada o derechos sobre tierras de uso común. Otros fueron obligados a ceder todas sus tierras asignadas en lo individual (parcelas o tierras de uso común), pero ambos, en tanto miembros del ejido, conservan derechos sobre parcelas asignadas al núcleo agrario, parcelas con destino específico, superficie ocupada por infraestructura, cuerpos de agua y solares urbanos de reserva de crecimiento.

En otras palabras, aunque hubiesen cedido toda la tierra que tenían asignada en lo individual, conservan derechos agrarios sobre tierras del ejido certificadas a la comunidad en su conjunto, razón por la cual sus derechos como ejidatario no podrían ser cancelados.

Vayamos ahora a la renuncia. La renuncia es un acto quizás más importante que el de la admisión y, también por ley, la renuncia debe ser admitida por la asamblea ejidal. En ese tenor, no es procedente que se trámite simplemente por el dicho del comisariado ejidal y dentro de un punto de admisión de nuevos ejidatarios. Sabemos que el ejidatario original fue obligado a firmar una renuncia bajo presión y frente a Notario Público, pero esa renuncia documentada no suele ser presentada ante la asamblea. Peor aún, suele ser incorporada como anexo al expediente de aceptación de nuevos ejidatarios y transmisión de tierras ejidales, por lo que priva la presunción que no fue un acto independiente de éstos, sino incluido en su maquinación, violencia y chantaje.

Además, por tratarse de la renuncia a un derecho, debiera exigirse la ratificación del involucrado ante la asamblea, tal y como en el derecho procesal civil, supletorio en materia agraria, se obliga a quien se desiste una demanda a ratificar presencialmente su desistimiento ante el Magistrado Agrario. Debiera además ser procesada en un punto de acuerdo especial y, finalmente, si bien la fe notarial hace prueba plena, es de explorado derecho que este tipo de pruebas documentales pueden ser desvirtuadas en juicio, por lo que debiera la asamblea recibir en propia mano y del interesado la renuncia del caso, e, insistimos, ésta debiera ser ratificada presencialmente ante ella. No es un prurito legal, sino una exigencia de conservación de derechos y de la vida en comunidad, razón de ser del ejido. Basta, como es el caso, que el Comisariado o cualquier persona presione a un ejidatario a firmar su renuncia para que esta proceda, sin que la propia comunidad pueda servir de escudo y defensa del así expoliado. No hablemos ya de los funcionarios de la Procuraduría Agraria que con su presencia, silencio y complicidad convalidan el despojo.

El hecho es que así procede la pérdida de identidad y pertenencia a un ejido hoy en día.

El siguiente paso se da en el Registro Agrario Nacional (RAN). Administrativamente hablando lo que se somete a trámite de inscripción es la admisión de nuevos ejidatarios. Sorprende, sin embargo, que el registrador no observe que ninguno de los recién admitidos esté domiciliado en el ejido y las más de las veces ni siquiera en la entidad federativa de que se trate. Para él es fácil deducirlo, habida cuenta que, a diferencia de la asamblea ejidal, el Comisariado Ejidal incluye en el expediente a registro copia de la identificación del nuevo ejidatario.

El trámite de admisión de nuevos ejidatarios es diverso al de transmisión de tierras ejidales entre miembros de un ejido. No obstante ello, el registrador, en el mismo trámite de admisión, inscribe las transmisiones.

Pero lo verdaderamente inaudito y excepcional es que como parte del trámite de admisión se proceda a, supuestamente, inscribir las "cesión, substitución, renuncia y cancelación" de la calidad ejidal del ejidatario original. Tal galimatías debiera ser más que suficiente para encender todas las alarmas de todas las autoridades del sector agrario. El Registro, para vergüenza de la historia agraria del país, lo que hace es no hacer nada. Debiera realizar un trámite de inscripción de semejante aberración, a efecto de inscribir la renuncia a, o la cancelación de, los derechos ejidales, según fuera el caso; pero como sabe que ninguna de ellas pasaría un dictamen jurídico, lo que hace es dejar en el limbo jurídico a estos pobres ejidatario. Al hacerlo, además, violentar sus protocolos, termina dando al traste el objeto mismo del registro público y, con ello, la certeza de los actos jurídicos que es su obligación inscribir.

Baste un solo ejemplo. Cualquiera que acuda al Registro Agrario Nacional a solicitar un padrón ejidal actualizado de cualquier núcleo agrario obtendrá por respuesta, varios meses después, si bien le va, una relación mecanografiada, no un listado producto del sistema computarizado de altas y bajas de ejidatarios. Los padrones son elaborados a modo por las delegaciones del Registro Agrario Nacional a petición, necesidad o interés del Comisariado Ejidal o, en su caso, del especulador, o de ambos partes y según el uso que le quieran dar. No hay, no obstante los miles de millones de pesos invertidos en sistemas cibernéticos, posibilidad alguna que el RAN pueda expedir un padrón ejidal directo de su base de datos central, requiere solicitar a cada delegación la elaboración casuística y mecanografiada de un "padrón a modo", construido en connivencia con los mayores enemigos, internos y externos, de los ejidatarios.

Durante años acudí por razones profesionales a asambleas de un ejido, en cuyo padrón seguían apareciendo ejidatarios que ya no lo eran, algunos incluso muertos, y jamás aparecían los nuevos ejidatarios, no obstante aprobarse en dichas asambleas la transmisión de cerificados parcelarios expedidos en su nombre, repito, no obstante no aparecer listado ni en el padrón ejidal ni en la lista de asistencia. Conozco certificados parcelarios expedidos a favor de personajes de prosapia nacional e internacional en calidad de ejidatarios que jamás aparecerán en ningún padrón ejidal, por más que sean ejidatarios en docenas de ejidos.

En otra ocasión, hace años, logré que las oficinas centrales del RAN me expidieran sin intervención de la Delegación correspondiente el padrón ejidal tal y como aparece en su sistema de cómputo. No me sorprendió que no cuadrara en nada con los padrones reiteradamente expedidos por la Delegación, pero sí que tres días después el Director en Jefe del RAN recibiese, con una prontitud digna de mejor causa, al Comisariado Ejidal y sus patrones especuladores para justificarles la entrega que me hizo del padrón. ¿Cómo se enteraron Comisariado y especuladores de ella y cómo lograron tan inmediata audiencia, cuando hay ejidos que por años solicitan sin mayor suerte ver a tan importante funcionario? Cuando en su oportunidad le pregunté cómo se enteraron y por qué los recibió por esa causa y con esa prontitud, me contestó que por él y porque eran mi contraparte. El detalle, como diría Cantinflas, es que a diferencia de un juicio donde hay controversia y partes en contienda, en una solicitud de información de un registro público, cuya finalidad es la publicidad y certeza de actos jurídicos frente a terceros, no existe contraparte posible.

Pero regresemos a nuestro tema, los ejidatarios forzados a vender desaparecen por arte de magia de los padrones ejidales, sin trámite ni debido proceso de ley de por medio. La propia autoridad encargada de garantizar la publicidad y certeza jurídica de sus derechos, los anula desapareciéndolos de los registros oficiales.

Para ello, sin duda, fue necesario boicotear y dejar inservible el sistema computarizado del Registro Agrario Nacional, ya que el negocio radica en que no funcione.

No importa si estos ejidatarios aún conservan parcelas o derechos sobre tierras de uso común, o si tan sólo conservan derechos sobre las tierras propiedad del ejido y no sujetas a asignaciones individualizadas. Simple y llanamente dejan de existir para el ejido. Sin presencia, voz y voto en todo lo concerniente a su vida en comunidad. Expatriados en su propia casa. Segregados. Ninguneados. En palabras de Octavio Paz: hechos ninguno.

No pueden participar de apoyos o programas gubernamentales o privados, porque ya no son ejidatarios; no pueden gozar de los beneficios comunitarios, porque ya no son parte de la comunidad; no pueden solicitar ayuda o apoyo de sus otrora comunes, porque han pasado a ser parias y extraños. En esa circunstancia, aquellos que aún conservan tierras son dejados a la vera del camino para que los operadores del especulador mayor terminen de absorber las últimas migajas de tierras disponibles.

Pero no solo ellos han sido despojados. Por más que el Comisariado Ejidal y sus compinches no lo quieran ver, el ejido todo ha perdido el control de su vida interna. A partir de ese momento las decisiones ya no se toman por y en la comunidad, sino que se dictan desde fuera por gentes que nadie conoce. Lo primero que pierde el Comisariado es el control de los programas y apoyos gubernamentales. Para él era fácil ningunear al ejidatario original y segregarlo de los beneficios, pero los nuevos ejidatarios, aunque jamás los haya visto, no son fáciles de excluir, saben sus derechos y exigen sus beneficios. Peor aún, gozan de mejores contactos para asegurarse recibirlos. Así, se da el gran absurdo que muchos de los recursos destinados al apoyo de las clases más necesitadas lleguen a manos de ejidatarios de corbata que jamás han pisado tierras ejidales.

Las convocatorias a asamblea y sus órdenes del día son determinados por los ejidatarios foráneos. Nada que ellos no aprueben puede llevarse a discusión. La propia celebración de asambleas entra a una dinámica monetarizada, los foráneos pagan por ir o por no ir, según convenga; por votar a favor o en contra e incluso por reventar asambleas. El Comisariado Ejidal pasa a ser un simple operador, bien pagado, sin duda, pero operador de los foráneos, sólo a ellos rinde cuentas.

El día de la asamblea, previo pago para que asistan los que conviene y se ausenten los que no, el especulador mayor manda de uno a cuatro de sus testaferros con machotes de poder supuestamente firmados por los demás ejidatarios foráneos. El cabecilla del grupo los reparte a la entrada de la asamblea a ejidatarios afines con pago e instrucciones de por medio de cómo votar. En la discusión de los temas ese cabecilla dirige la operación, indica al presidente de debates cómo conducir la asamblea y a su claque a quien callar por las buenas o por las malas. Si las cosas se salen de control el Presidente del Consejo de Vigilancia, saca y multa al rijoso, o bien el presidente de debates impone una moción para suspenderlo de sus derechos por varias asambleas. Si la situación fuese de mayor riesgo, acude uno de los ejidatarios especuladores foráneos y en calidad de hacendado porfiriano regaña y amenaza a ejidatarios que jamás antes lo habían visto pero que se amilanan ante su presencia.

Pero eso es lo de menos, el verdadero problema es que los destinos del ejido ya no responden a los intereses de sus verdadero integrantes. El ejidatario especulador foráneo no pagó cien mil o trescientos mil pesos por su calidad ejidal y tierras, que fue lo que pudo haber llegado a recibir el ejidatario original, sino varios millones de pesos que se llevó la intermediación del especulador mayor. Los primeros esperan por lo menos duplicar su inversión, el segundo seguir beneficiándose de su intermediación. En ese tenor, los proyectos que puedan presentársele al ejido no se procesan en sus méritos ni beneficio, sino en atención a la voracidad de los especuladores. Ello hace a veces inviable cualquier proyecto de inversión o al menos lo complica y encarece exponencialmente. Se dirá que si bajo esas condiciones llegará a proceder algún proyecto de inversión terminará finalmente por beneficiar a los ejidatarios originales que aún sobrevivan en el ejido, pero no suele ser así, habida cuenta que las negociaciones se sacan de la orbita del ejido y se terminan arreglando a sus espaldas y en su perjuicio.

No obstante en esta ecuación nada tienen que ver los excluidos del ejido. Condenados a permanecer físicamente en él, ya que en su mayoría son de edad mayor, están expatriados de su comunidad y de su propia vida. Son unos desclasados sin destino alguno. Parias, desechos humanos, muertos en vida.

Si algún proyecto de desarrollo llega a hacerse en sus tierras simplemente lo verán pasar sin beneficiarse de él.

Lo peor, sin embargo, es su falta de pertenencia, la exclusión de su propia comunidad. Antes eran dueños de sus miserias y esperanzas, hoy son dueños simplemente de su muerte, condenados a vivir de misericordia o en la explotación de entre los suyos.

Hijos de la globalocalización, condenados a su localidad, pero sin identidad y pertenencia a la comunidad en ella asentada, a la exclusión de su pasado, presente y futuro. Víctimas de decisiones tomadas por agentes extraños, inubicables y desconocidos, sin posibilidad de deliberar y de accionar. Fantasmas en vida.

Si algún día llegan a organizarse para pelear por sus derechos se enfrentarán a abogados gánsteriles, notarios especuladores y funcionarios venales. Si les va bien podrán recibir algunas migajas; si no, incluso, la muerte.

A toda esta masa de desamparados, la globalización y las normas de convivencia que aquella impone a los Estados-nación para poder medrar, no les dejan más salidas que las violentas. Así, tras del despojo soterrado de la tierra social por especuladores desalmados, se esconde la gestación, aún más oculta y silenciosa, del México bronco del que Reyes Heroles recomendó no despertar. Ese México profundo, dolido y violento que cíclicamente surge cual volcánica erupción para recordarnos el crisol de contradicciones que guerrea en nuestra sangre.

No nos equivoquemos, nuestros ejidos, como el árbol de Demian (Hermann Hesse), no mueren; tras su corteza ennegrecida y la pérdida de su follaje, sólo invernan. Su silencio no otorga ni convalida, por más que así nos convenga interpretarlo. Muy por el contrario, expresa mucho más de lo que estamos dispuestos a escuchar. Su mirada esquiva es más de odio y desprecio que de postración. Su red de agujeros teje relaciones inconcebibles entre la sangre añeja y la derramada, con la nueva y dispuesta a derramar.

Los especuladores mayores y sus operadores, así como esta nueva clase de ejidatarios de corbata son conocidos y reconocidos por todas las autoridades agrarias. En sus filas militan muchos exfuncionarios agrarios, políticos, empresarios, magistrados y abogados venales. Cada región tiene su especulador mayor, las más de las veces, asociado con gobernadores y exgobernadores. La isla de Holbox es un botón de ejido con ejidatarios que llegan en avión, yates y convoyes resguardados por tierra, aire y mar a las asambleas ejidales. Pero no es el único caso.

¿Qué hacemos con todos los excluidos por este nuevo robo de tierras? ¿A dónde migrar cuando el globo entero es una diáspora de desclasados? ¿Cuánto más podrá concentrase la riqueza en islas pequeñas y pérdidas en océanos de miseria, desesperanza y rencor?

He visto ejidatarios de 89 años cargar a mano un camión de piedra para llevar ese día comida a su casa. Conozco viudas enfermas que al final de su vida son despojadas de su jacal y arrojadas a morir en el cerro o en la calle de alguna ciudad impersonal y fría. ¿Qué futuro puede haber para los hijos de ejidatarios que pierden de la noche a la mañana no sólo sus tierras, sino su pertenencia y dignidad? ¿Es esa la justicia agraria por la que murieron un millón de mexicanos hace un siglo? ¿Es este un México de justicia social?

En 1992 la Reforma Agraria se hizo bajo la presión del gran capital de brindarle seguridad para invertir en el campo y en proyectos productivos. La inversión privada jamás llegó y la pública, además de minimizarse, se concentró a favor de los grandes productores privados de exportación. Sin duda hay excepciones, pero no dejan de ser excepción.

Lo que sí se logró es volver a despojar de tierras a pueblos y hombres del campo.

La especulación puede ser un gran negocio, pero no produce alimentos. Llegará el día en que estos grandes especuladores tendrán que comerse sus billetes y hacer frente al universo de los por ellos excluidos, desplazados y precarizados. Tarde o temprano el México Bronco tocará a sus puertas.

Luis Farias Mackey

Luis Farias Mackey

Ser o no ser, preguntó Hamlet. ¿Soy éste que soy?, preguntó Quetzalcóatl. ¿Vivo yo todavía?, preguntó Zaratustra. La primera es una opción binaria: sé es o no sé es. La segunda es la trama de la vida misma: ser lo que sé es. La tercera es descubrir si, siendo, efectivamente aún sé es. Vivir es un descubrimiento de lo que sé es a cada instante. Porque vivir es hurgar en el cielo y en las entrañas, en los otros -de afuera y de adentro-, del pasado y del presente, de la realidad y la fantasía, de la luz y de las sombras. Es escuchar el silencio en el ruido. Es darse y perderse para renacer y encontrarse. Sólo somos un bosquejo. Nada más paradójico: el día que podemos decir qué somos en definitiva, es que ya no somos. Nuestra vida es una obra terminada, cuando cesa. Así que soy un siendo y un haciéndome. Una búsqueda. Una pregunta al viento. Un tránsito, un puente, un ocaso que no cesa nunca de preguntarse si todavía es.

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